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Reclamos

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Información y Asesoramiento

Para mayor información y poderlo asesorar adecuadamente, sobre cómo realizar sus envíos internacionales, por favor, diríjase al siguiente link:

https://www.cooper-cargo.com/contacto/ complete todos los campos requeridos y nos contactaremos a la brevedad.

SERVICIOS

 Puntos de entrega y recepción de envíos

Realizamos la recepción y entrega de las encomiendas en Godoy Cruz, Mendoza, República Argentina en nuestra casa central y en Santiago de Chile, República de Chile en nuestra filial.

De ser requerido por Aduana, la recepción de los envíos la realizamos con los paquetes postales abiertos para su inspección y se le exigirá a los clientes (personas físicas) factura de compra o proforma de la mercadería, fotocopias de su cédula de identidad o D.N.I., boleta de servicio a su nombre para acreditar domicilio y teléfono de contacto y correo electrónico; (personas jurídicas) factura de compra o proforma, fotocopia del C.U.I.T. o RUT (según corresponda), cédula de identidad de la persona que realiza el envío, boleta de servicio a su nombre para acreditar domicilio, teléfono de contacto y correo electrónico. Todo ello irá acompañado de la guía de despacho correspondiente y se colocará junto al paquete postal respectivo para su fácil identificación.

Medios de Transporte

Utilizamos vehículos propios o alquilados, vehículos utilitarios cuyo volumen y peso de carga no superen los 6m3 (seis metros cúbicos) ni los 700kg (setecientos kilogramos) respectivamente.

Categorización de los Envíos:

Es importante destacar en este punto, que debido a la normativa vigente, en ambos países, en cuanto al ingreso de mercaderías en paquetes postales, no podrá superar los 50 kg ni los US$ 3.000,00.

Los paquetes postales transportados, según el valor y naturaleza de los mismos tendrán la siguiente categorización:

  1. Documentos
  2. Envíos exentos del pago de derechos y sin valor comercial:
  3. Envíos de bajo valor

Controles fronterizos

Paso Fronterizo Cristo Redentor – Los Libertadores, para controles de Aduana y demás organismos de control intervinientes (SENASA, SAG, SEREMI de Salud, etc.).

PRESENTACIÓN DE LOS ENVÍOS ANTE LA ADUANA DE INGRESO.

Generalidades

La entrega efectiva de los envíos Courier, una vez arribados físicamente al país a través de los representantes de nuestra empresa ante la Unidad respectiva de la Aduana, los que permanecerán depositados en los lugares habilitados para estos efectos, hasta su legal desaduanamiento o retiro de éstos para el envío hacia su destino final.

Nuestro representante deberá solicitar a la Aduana autorización para proceder a la apertura de los paquetes postales. Esta operación se efectúa en presencia de un funcionario Fiscalizador, quien mediante la operación de examen físico determinará las mercaderías afectadas al pago de derechos, impuestos, tasas y demás gravámenes de carácter aduaneros, autorizando en el mismo acto el retiro de las encomiendas con documentos relativos a comunicación ínter empresas.

La transmisión electrónica del manifiesto Courier ante la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas (según el caso) para los paquetes postales que ingresen al territorio nacional para las tres categorías que mencionamos anteriormente.

  1. Documentos
  2. Envíos exentos del pago de derechos y sin valor comercial: Realizamos la tramitación de la guía Courier y damos cumplimiento a los vistos buenos respectivos, cuando corresponda.
  3. Envíos de bajo Valor: Realizamos la tramitación de una destinación de ingreso simplificada y damos cumplimiento a los vistos buenos respectivos, cuando corresponda.

Presentamos en sacas o valijas aquellas mercaderías que se encuentren afectadas al pago de derechos e impuestos y siempre en forma separada de aquellas que contengan folletos y documentación, en general, sin valor comercial.

Si se trata de sacas, éstas deberán arribar selladas desde su origen con sellos que permitan su identificación (numerados).

Instrucciones relativas a la Transmisión del Manifiesto Courier de Ingreso

Realizamos la transmisión electrónica del manifiesto en las dos etapas solicitadas:

1° Envío del encabezado del manifiesto conteniendo los datos generales del transporte de las mercaderías en paquetes postales.

2° Envío de los datos asociados a las guías Courier que conformarán el manifiesto.

El encabezado del manifiesto courier será transmitido al sistema computacional de la Dirección General de Aduanas de Argentina o al Servicio Nacional de Aduanas de Chile al menos con cuatro horas de antelación a la llegada estimada de la camioneta al control de ingreso al país de destino.

Para tal efecto consideraremos una duración mínima de dos horas desde la salida de la camioneta en la ciudad de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, República Argentina hasta el complejo fronterizo y de tres horas desde la ciudad de Santiago de Chile hasta el complejo fronterizo.

Una vez aceptado el encabezado de manifiesto, fechado y numerado por el sistema con un NÚMERO correlativo único nacional, comenzaremos con el envío de las guías courier asociadas a dicho encabezado.

Los datos asociados a cada guía courier que componen el manifiesto, serán transmitidos al sistema computacional de la Dirección General de Aduanas de Argentina o al Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según el caso) por asociados a nuestra empresa, en un plazo de hasta 6 horas contadas desde la hora de arribo estimado del vehículo que las transporta.

El manifiesto courier quedará conformado electrónicamente a más tardar, transcurridas 6 horas desde el arribo estimado de la camioneta al recinto aduanero que se nos asigne, sin perjuicio de que nuestra empresa, una vez que hayamos terminado de transmitir todas las guías courier asociadas a un encabezado, podamos enviar al sistema computacional de las Aduanas intervinientes un mensaje de cierre del manifiesto, lo que implicará su conformación antes del plazo establecido precedentemente.

Una vez conformado el manifiesto courier, la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según el caso) realizarán los procedimientos de fiscalización y depuración de las guías manifestadas.

En cuanto a las modificaciones, aclaraciones, anulaciones, tanto del manifiesto como de las guías, nos regimos por los mismos procedimientos que el Courier aéreo.

Entrega de los Paquetes Postales:

Las encomiendas transportadas ingresan al recinto habilitado para la recepción, verificación y depósito de las mercaderías de naturaleza courier.

Debemos extraer la totalidad de las sacas y/o bultos de la camioneta y proceder con la lectura del código de identificación de cada uno de los bultos, a fin de registrar su arribo y procesarlas según el estado de selección que se le hubiere asignado por parte de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile.

Este proceso generará un cruce de información de las mercaderías efectivamente recibidas contra las guías courier manifestadas, información que es comunicada a la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según el caso) y servirá para la posterior cancelación del manifiesto courier de ingreso.

Cancelación del Manifiesto Courier:

Asociados o empleados de nuestra empresa informarán a la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o al Servicio Nacional de Aduanas de Chile, los paquetes postales faltantes y/o sobrantes a la descarga del manifiesto courier, mediante un informe final con el resultado del cotejo de los mismos efectivamente recepcionados, en relación a las guías courier manifestadas.

No obstante lo anterior, cuando el manifiesto presente diferencias de los paquetes postales faltantes y/o sobrantes, debemos rectificar dicha información procediendo de la siguiente manera:

Las faltas parciales, serán corregidas mediante el envío electrónico de un mensaje de aclaración a la guía courier afectada.

Las faltas totales, se informarán mediante el envío electrónico de un mensaje de anulación de la correspondiente guía courier.

Las sobras parciales, serán incorporadas al manifiesto mediante el envío electrónico de un mensaje de aclaración a la guía courier.

Las sobras totales, serán incorporadas mediante el envío de una nueva guía courier.

Los mensajes electrónicos de las aclaraciones, anulaciones y envío de nuevas guías courier motivadas por la recepción y cotejo de los paquetes postales, deberán indicar que son generadas mediante dicho acto.

Los mensajes se envían dentro de las 12 horas siguientes al arribo estimado de la camioneta al recinto aduanero o extraportuario.

En base a la información del informe final con el resultado de los paquetes postales faltantes y sobrantes de cada manifiesto courier y sus correcciones correspondientes, el Servicio Nacional de Aduanas o la Dirección Nacional de Aduanas (según el caso) realizará la cancelación del manifiesto courier de ingreso.

FISCALIZACIÓN DE LOS PAQUETES POSTALES DE INGRESO

Los envíos estarán sujetos a la fiscalización de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según el caso). El proceso de selección se iniciará una vez conformado el manifiesto courier que ampara los mismos.

Tratándose de paquetes postales (mercaderías) exentas del pago de derechos y demás gravámenes aduaneros, el estado de selección será entregado por cada guía courier a la empresa, una vez finalizados los procesos de análisis y depuración de dichas guías por parte de la Aduana correspondiente.

En el caso de aquellos paquetes postales que estén sujetos a pago de derechos, impuestos y demás gravámenes, el estado de selección será entregado cuando tengan asociado un documento de Destinación Aduanera para su legal importación.

Todo paquete postal recepcionado deberá ser inspeccionado según el tipo de selección asignado por la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile, debiendo proceder de la siguiente manera:

Paquetes postales que contengan documentos:

Deberán ser trasladados al sector de escáner para su revisión por parte de Aduana, a fin de determinar si procede su liberación inmediata. De no liberarse, deberán ser separados y trasladados hasta la sala de aforo de Aduana.

Paquetes postales exentos del pago de derechos, tasas u otros gravámenes aduaneros y aquellas que tengan un valor de hasta US$ 3.000 dólares FOB:

Cuando los paquetes postales hayan sido seleccionados para inspección, deberán ser separados y trasladados hasta la sala de aforo de Aduana para la revisión por parte del funcionario de aduana encargado de ejecutar dicha inspección, aplicando el procedimiento de fiscalización correspondiente.

En caso que los paquetes postales se encuentren libre de inspección, deberá ser trasladados al escáner para su revisión por parte del funcionario de Aduana, quien determinará  si procede la liberación inmediata de los mismos o bien un cambio en el estado de selección inicial del mismo.

Si producto de la revisión o inspección, la Aduana detectase que los paquetes postales, por su naturaleza requieren de algún visto bueno por parte de otro Servicio Público, éstos deberán ser almacenados a la espera del cumplimiento de las visaciones requeridas para su legal importación.

Asociados o empleados de nuestra empresa deberán encargarse de reunir todos los antecedentes necesarios para proceder al ingreso legal de los paquetes postales, por lo tanto,  notificamos al destinatario importador, cuando se requiera de visto bueno de algún organismo del Estado. Dicha notificación la realizamos vía telefónica, correo electrónico y/o WhatsApp.

ALMACENAJE Y RETIRO DE LOS PAQUETES POSTALES

 Almacenaje de paquetes postales/courier

Los paquetes postales arribados al país permanecerán depositados en el recinto courier habilitado para ello, hasta que se proceda a su desaduanamiento y se dé cumplimiento a los requisitos exigidos para su legal importación.

Retiro de los paquetes postales

El retiro de los paquetes postales sólo podrá efectuarse una vez que el manifiesto courier haya sido conformado con la totalidad de las guías que ampara la lista de carga correspondiente y se haya realizado el análisis de información por parte de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según corresponda), sin perjuicio de cumplir con los demás requisitos que se exigen para su internación.

Nuestra empresa es responsable del retiro de los mismos desde Zona Primaria Aduanera y su posterior entrega al importador (destinatario), junto con una copia del documento que lo ampara, guía courier, DIPS o DIN según corresponda.

De acuerdo a la destinación aduanera de los paquetes postales, su retiro quedará sujeto al cumplimiento de las siguientes instrucciones específicas:

 Paquetes postales de Importación

El retiro de los paquetes postales amparados por una Declaración de Ingreso (DIPS o DIN), se efectúa sólo una vez que se hayan realizado los procedimientos de fiscalización correspondientes, se encuentren cancelados los tributos que las afecten y, en caso que requieran de vistos buenos o certificaciones previas a su desaduanamiento, cuenten con la(s) autorización(es) respectiva(s) del organismo competente. En caso que el pago se hubiere realizado en forma manual, se deberá dejar la constancia del mismo en el formulario de la declaración.

En cuanto a los paquetes postales, que por su valor y/o naturaleza queden exentos del pago de derechos aduaneros y demás tributos, y en general que no requieran de la tramitación de una Destinación Aduanera, su retiro se efectuará mediante la presentación de la guía courier que lo ampara, sólo cuando ésta se encuentre aceptada en el sistema de manifiesto courier y conformado el manifiesto al momento del retiro de los mismos, y se hayan realizado los procesos de fiscalización correspondientes.

Cumplidos los requisitos para la liberación y retiro de los paquetes postales señalados anteriormente, nuestra empresa procede a la lectura del código de identificación de cada uno que será retirado del recinto, realizando un cruce de la información respecto a los paquetes postales retirados contra los paquetes postales recibidos por nuestra empresa. Dicha información será transmitida al sistema de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o Servicio Nacional de Aduanas (según corresponda) para su control.

PRESENTACIÓN DE LOS PAQUETES POSTALES A LA ADUANA DE SALIDA

Los paquetes postales que salgan del territorio nacional se entenderán presentados a la Aduana de Salida, con la aceptación del Documento de Salida correspondiente según su categorización:

  1. Documentos y mercaderías sin valor comercial o cuyo valor FOB sea igual o inferior a US $ 100:Su tramitación ante la aduana de salida se materializará mediante una guía de exportación que deberá indicar el detalle de los paquetes postales transportados. Dicho documento, deberá ser transmitido e incorporado a la lista de ingreso a Zona Primaria Aduanera, confeccionada por la nuestra empresa.
  2. Envíos de hasta US $ 3.000 FOB:Nuestra empresa, deberá tramitar ante la Aduna de salida, según la destinación aduanera que corresponda un Documento Único de Salida Simplificado.

INGRESO A ZONA PRIMARIA DE LOS PAQUETES POSTALES

Envío de información anticipada para ingreso a Zona Primaria Aduanera

Nuestra empresa confecciona la lista de ingreso a Zona Primaria Aduanera que incluya la totalidad de las guías que amparan los paquetes postales por las cuales se solicita su ingreso a Zona Primaria Aduanera, haciendo referencia además a la placa patente del vehículo, en el cual serán transportados hasta dicha zona.

Dicha lista será transmitida para su validación a la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o al Servicio Nacional de Aduanas de Chile, previo al ingreso de la unidad de transporte al control Zona Primaria Aduanera. El resultado de la validación deberá ser informado por Aduana para que nuestra empresa disponga el traslado de los paquetes a Zona Primaria Aduanera, o corrijamos los datos que presenten disconformidad.

Presentación física de los paquetes postales a Zona Primaria Aduanera

Los vehículos que ingresen a la Zona Primaria Aduanera con paquetes postales nacionales o nacionalizados que saldrán del país, deberán hacerlo con la respectiva Autorización de Aduanas, amparados en una Guía de Exportación, un Documento Simplificado de Salida (DUSSI), o un Documento Único de Salida (DUS-AT), según corresponda.

El Servicio de Aduanas, al momento del arribo del vehículo al control de ingreso del complejo courier, autorizará su acceso en la medida que la lista de ingreso a Zona Primaria Aduanera asociada al mismo, se encuentre previamente aceptado.

Nuestra empresa deberá proceder con la descarga y lectura del código que identifica a  cada paquete postal y/o saca ingresados al recinto, información que será transmitida a la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o al Servicio de Aduanas de Chile (según el caso) para su procesamiento, el cual asociará cada envío a la respectiva Guía de Exportación, o a la relación DUSSI- Guía, DUS-Guía, según corresponda.

Una vez procesada la información señalada en el párrafo anterior, la Dirección Nacional de Aduanas o el Servicio de Aduanas (según el caso), informará en línea al sistema computacional de nuestra empresa, la condición de arribo e ingreso del envío, y su estado de fiscalización, sin perjuicio que éste podrá ser modificado con posterioridad al ingreso a Zona Primaria Aduanera.

Fiscalización de los paquetes postales 

Tratándose de paquetes postales sujetos a inspección, deberán ser trasladados al sector de aforo para su revisión, junto con la documentación de base correspondiente a la categoría de envío de que se trate.

Si del resultado de la revisión se detectare que los mismos por su naturaleza requieren de algún visto bueno, por parte de otro Servicio Público, éstos deberán ser almacenados en el sector habilitado, a la espera del cumplimiento de las visaciones requeridas para su legal exportación, de acuerdo a las formalidades establecidas.

EMBARQUE DE LOS PAQUETES POSTALES

Cumplidos los trámites y exigencias establecidas en los títulos anteriores, la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según el caso) otorgará la autorización para la salida de los paquetes postales.

No obstante lo anterior, nuestra empresa podrá, a través de sus representantes, solicitar el retiro de los paquetes postales que no sean embarcados por circunstancias objetivas y comprobables ante Aduana. Tal retiro se concederá previo examen físico conforme de los paquetes postales.

Si los paquetes postales a ser retirados de Zona Primaria Aduanera se encuentran amparados en un Documento Simplificado de Salida o en un Documento Único de Salida,  deberemos proceder conforme a lo dispuesto por la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o el Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según corresponda).

MANIFESTACION DE LOS PAQUETES POSTALES

Debemos transmitir al sistema computacional de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o al Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según corresponda y el caso) el manifiesto, el que contendrá una relación completa de los paquetes postales consignados a su nombre con el detalle del contenido de los mismos.

El manifiesto courier de salida se transmitirá en dos etapas:

1° Se enviará el encabezado del manifiesto courier, conteniendo los datos generales del transporte de los paquetes postales.

2° Se transmitirán los datos asociados a las guías courier que conforman el manifiesto courier.

El encabezado del manifiesto courier será transmitido hasta 24 horas contadas desde la salida estimada de la camioneta del recinto Aduanero que se nos asigne.

La información del encabezado de cada manifiesto transmitido al sistema computacional de la Dirección Nacional de Aduanas de Argentina o del Servicio Nacional de Aduanas de Chile (según corresponda), será validada por dicho sistema al momento de su recepción. Una vez validada la información, el sistema podrá rechazar el encabezado cuando éste presente inconsistencia, lo que será comunicado a nuestra empresa mediante un mensaje de respuesta. En caso contrario, de ser aceptado el encabezado de manifiesto por el sistema, éste, será numerado y fechado con un  número correlativo único nacional, información que se comunicará mediante un mensaje de acuerdo a lo establecido por ambas Aduanas.

Una vez que el encabezado del manifiesto courier de salida haya sido numerado y fechado en la forma antes descrita, podrá procederse al envío de las guías courier asociadas a dicho encabezado.

Nuestra empresa transmitirá los datos asociados a cada guía courier que componen el manifiesto courier de salida.

El plazo para el envío de estos mensajes será de hasta 48 horas contadas desde la hora estimada de salida de la camioneta del recinto Aduanero.

El manifiesto courier de salida  quedará conformado a las 48 horas contadas desde la hora estimada de salida antes indicada.

LEGALIZACIÓN DE LOS PAQUETES POSTALES

Una vez embarcados los paquetes postales, el despachador procederá a la legalización de los documentos aduaneros que amparan los envíos.

Tratándose de operaciones que requieran de la tramitación de un Documento Simplificado de Salida, su legalización tendrá lugar con la notificación del embarque efectivo informado por nuestra empresa, dentro del plazo de 72 horas contadas desde la salida estimada.

TARIFAS

COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS POSTALES COOPER-CARGO LIMITADA

LISTA DE PRECIOS 01/01/2022 HASTA EL 31/12/2022

SERVICIO: EL CHASQUI CARGO INTERNACIONAL

TRAYECTO: GODOY CRUZ, MENDOZA, ARGENTINA – SANTIADO DE CHILE, CHILE

EXPORTACIÓN:

 00,10 KGS. A 10 KGS…………………………………..$    500,00

10,01 KGS. A 20 KGS…………………………………..$    900,00

20,01 KGS. A 30 KGS…………………………………..$ 1.300,00

30,01 KGS. A 40 KGS…………………………………..$ 1.700,00

40,01 KGS. A 50 KGS…………………………………..$ 2.000,00

SERVICIO: EL CHASQUI CARGO INTERNACIONAL

TRAYECTO: SANTIAGO DE CHILE, CHILE – GODOY CRUZ, MENDOZA, ARGENTINA

IMPORTACIÓN:

00,10 KGS. A 10 KGS…………………………………..$    500,00

10,01 KGS. A 20 KGS…………………………………..$    900,00

20,01 KGS. A 30 KGS…………………………………..$ 1.300,00

30,01 KGS. A 40 KGS…………………………………..$ 1.700,00

40,01 KGS. A 50 KGS…………………………………..$ 2.000,00

FORMAS DE PAGO: al contratar el servicio.

NOTA:

Las tarifas detalladas no incluyen extracargos.

Tarifas Validas 01/01/2022 al 31/12/2022

Las tarifas se encuentran expresadas en Pesos Argentinos

E.NA.COM.

Nuestra empresa se encuentra inscripta, en la Nómina de Prestadores de Servicios Postales, bajo el N° 988, del R.N.P.S.P. (Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales), del Ente Nacional de Comunicaciones (E.NA.COM.), organismo regulador y de contralor de las actividades postales, entre otras.

Link R.N.P.S.P.: https://www.enacom.gob.ar/nomina-de-prestadores-de-servicios-postales-inscriptos_p1271

Reclamos ante el E.NA.COM.

Atención a Usuarios Postales:

Domicilio: Calle Carlos Calvo 1116 – CABA

Teléfonos: (011) 4347-9228 / 4348-8888 / 4348-8889

E-Mail: recpostales@enacom.gob.ar

Horarios de Atención de Lunes a Viernes:

Presencial: 10 a 16 Hs.

Telefónico: 10 a 16 Hs.

Link: https://www.enacom.gob.ar/postales_p169

CALIDAD DEL SERVICIO

CONTROLES DE CALIDAD DEL SERVICIO

Para llevar adelante los controles de calidad, nuestra empresa designó a una persona asociada a nuestra entidad, para constatar y verificar que cada envío sea recepcionado, clasificado, estibado, transportado y correctamente embalado, con toda la documentación exigida por la Dirección General de Aduanas de Argentina y/o Servicio Nacional de Aduanas de Chile, hasta el recinto aduanero, donde será fiscalizado y precintada la caja de la camioneta transportadora.

Además de los controles externos exigidos por la A.F.I.P.-D.G.A., con las exigencias aduaneras, garantías, pólizas de caución, etc.

Es importante destacar que nuestra empresa es asociada a la Cámara de Agentes de Transporte Aduanero de la República Argentina (C.A.T.A.R.A.), quien garantiza el cumplimiento de nuestra obligaciones ante la Dirección General de Aduanas.

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Si considera que su reclamo que no fue resuelto por nuestra empresa, Ud. tiene el derecho a realizar el reclamo correspondiente, ante la Dirección de Defensa del Consumidor, en el siguiente link:

Fundamento Legal: Ley Nacional Nº 24.240, Ley Provincial Nº 5.547 y sus normas complementarias.